El siguiente predio forma parte del área de aplicación de la Norma 8. Fomento a la densidad por lo que se encuentra sujeto a las disposiciones establecidas a continuación.
La presente norma, de aplicación opcional, tiene el objetivo de promover el cumplimiento de lo establecido en la estrategia de Densificación y Mezcla de uso de suelo que establece el Plan Director de Desarrollo Urbano de Torreón 2022, y que se alinean con los preceptos nacionales e internacionales en materia de desarrollo urbano, buscando una ciudad compacta donde se procure la distribución equitativa de las cargas y los beneficios del desarrollo urbano.
Para dicho fin, los predios localizados dentro de las zonas de aplicación de la Norma deberán cumplir las siguientes condiciones:
Contar con una superficie mínima igual o mayor a 500 m2 (quinientos metros cuadrados);
Podrán optar por un incremento en los niveles permitidos de construcción los predios con uso de suelo Corredores Urbanos CU 1.1, CU 1.2, CU 2 y CU 3; así como los predios que se localicen en el polígono conformado por las Colonias Primitivo Centro, Primero, Segundo y Tercero de Cobián; las cuales conforman el Centro Histórico y Centro Urbano de Torreón.
No podrán acceder a esta norma los predios que se encuentren dentro de la cónica de aproximación al Aeropuerto Internacional de Torreón, señalado en el apartado Norma 10. Área sujeta a alturas por cónica de aproximación del Aeropuerto de Torreón.
Los predios que cumplan con los criterios anteriores podrán adquirir Derechos de Edificabilidad con un máximo de niveles, como se especifica en la Tabla de Lineamientos para los usos del suelo de este Plan Director de Desarrollo Urbano de Torreón, en la columna “Niveles máximos con Norma 8”.
En caso de solicitar más niveles a los indicados como “Niveles máximos con Norma 8”, se deberá acompañar dicha solicitud de adquisición de Derechos de Edificabilidad de un Estudio de factibilidad, incluyendo un Estudio de Impacto Urbano, como dicta el Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcción en el Artículo 252, el cual deberá presentarse ante las instancias competentes para su dictaminación y aprobación por el Cabildo Municipal.
Al adquirir los derechos de edificabilidad correspondientes, los lineamientos aplicables al predio serán: COS máximo de 0.70 y CAS mínimo de 0.30.
Al adquirir los derechos de edificabilidad correspondientes, el CUS aplicable al predio se adecuará a partir de la siguiente fórmula: CUS = COS x (Niveles permitidos + Niveles adquiridos)
La adquisición de más niveles de construcción no exenta al promotor de respetar la Norma 4: Alturas y remetimiento de las edificaciones, consultable en el documento del Plan Director de Desarrollo Urbano de Torreón.
Comprobar que se tienen ahorros de agua y luz mediante la instalación de equipamientos ahorradores y/o de instalaciones de captación de agua pluvial y/o instalación de equipamientos alimentados por fuentes alternativas de energía, uso de pavimentos permeables en área libre. Al comprobar que se implementaron sistemas alternativos en el proyecto, alineados a las especificaciones del Reglamento de Desarrollo y Construcción, el promotor podrá acceder a una disminución en el CAS mínimo de 0.15.
Comprobar, a través del proyecto arquitectónico correspondiente, que se cumple con los porcentajes máximos establecidos para vivienda multifamiliar enunciados en el apartado de Lineamientos para los usos del suelo, según el uso de suelo del predio a intervenir; y
Realizar la aportación económica siguiendo los requerimientos establecidos en Ley de Ingresos Municipal, a partir de la fórmula propuesta en el Plan Director de Desarrollo Urbano de Torreón, en el apartado de Instrumentación > Pago por derechos de edificabilidad.
La aplicación de esta norma y la posterior edificación, de acuerdo con los derechos de edificabilidad adquiridos, está sujeta a que el promovente cumpla con toda la normatividad vigente aplicable incluidos los estudios de impacto, los cambios de uso de suelo y cualquier otro dictamen u opinión técnica positivo necesario para el desarrollo del proyecto de manera previa a la aplicación de la presente norma o por virtud de ella.
Para ampliar la información sobre esta Norma, así como las Normas complementarias, te invitamos a consultar el Plan Director de Desarrollo Urbano de Torreón 2022 en la siguiente liga: http://www.trcimplan.gob.mx/documentos/plan-director-de-desarrollo-urbano-de-municipio-de-torreon/plan-director-de-desarrollo-urbano-de-municipio-de-torreon.pdf